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Denuncian por persecución laboral a una reconocida empresaria

Diana Díaz de Espada.

La empresaria Diana Diaz de Espada fue denunciada por “Moobing Laboral” (persecución sistemática) por parte de la empleada de su empresa, María Irene González Ayala ante el Ministerio del Trabajo. De acuerdo a la denuncia, Díaz de Espada "le hacía la vida imposible” a la trabajadora.

La funcionaria (quien no tendría motivos aparentes para ser víctima de semejante maltrato) no tuvo otra opción más que recurrir a la institución encargada debido a la sistemática persecución de la que venía siendo objeto por parte de la ejecutiva.

Según datos acercados, sería una de las características de la empresaria el maltratar a sus empleados y en especial a las mujeres. Aseguran que las víctimas no se animarían a denunciarla por temor a perder sus puestos de trabajo.

La denunciante recordó que ya en años anteriores, los trabajadores fueron brutalmente perseguidos por la Sra Diana por el solo hecho de querer conformar un sindicato, situación absolutamente garantizada por la Constitución Nacional y las leyes, pero que al parecer la citada empresaria no tiene en cuenta. Señalan que Díaz de Espada prioriza sus caprichos antes que las normas vigentes.

Adolfo Lopez Saguier, Jefe del Departamento de Conflictos Individuales, remitió en fecha 2 de diciembre del 2016 una cédula de notificación a la citada empresaria a fin de que la misma comparezca para explicar la situación que atraviesa la funcionaria.

Según fuentes del Ministerio del Trabajo, existirían otros casos, como el de la empleada Carmen Villalba, también presuntamente maltratada por la empresaria y que se darían a conocer en los próximos días.

Moobing Laboral

De acuerdo a la definición, Moobing Laboral significa un maltrato sistemático por parte de la patronal hacia el trabajador y consiste en acciones como avasallar o insultar a la víctima ya sea estando sola o en presencia de otras personas, o asignar objetivos y proyectos con plazos inalcanzables o imposibles de cumplir. También son características de este tipo de maltratos, amenazar de manera continua a la víctima, o quitarle áreas de responsabilidad claves, o someterla a tratos humillantes desvalorizando su trabajo en forma constante.

Tipicidad

De acuerdo a la legislación internacional el acoso laboral está tipificado dentro del delito de torturas y contra la integridad moral. Se entiende por tal como “El hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial, que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad”.

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