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'Moobing Laboral'

La persecución a la mujeres trabajadoras sigue latente en algunas empresas

Diana Díaz de Espada (izquierda), denunciada por 'Moobing Laboral'.

En la semana del trabajador, queremos hacer visible los casos en que mujeres trabajadoras son víctimas de persecución en sus lugares de trabajo y deben recurrir a las autoridades administrativas que tienen la obligación de tutelar los derechos de las mismas, ya que por su condición de mujeres (en muchos casos sostenes de familia) no tienen muchas opciones.

Uno de los casos a los que tuvimos acceso es el de la empresaria Diana Díaz de Espada que fue denunciada ante el Ministerio de Trabajo por ‘Moobing Laboral’ (persecución sistemática) por parte de la empleada de su empresa, Carmen Villalba. Según la denunciante, su jefa hacía “la vida imposible” y no tuvo más remedio que recurrir a las autoridades.

La funcionaria (quien no tendría motivos aparentes para ser víctima de semejante persecución) no tuvo otra opción ante la sistemática persecución de la que venía siendo objeto por parte de la ejecutiva que aseguran se caracterizada por su hábito de maltratar a los empleados (especialmente a las mujeres) y que en su mayoría no se animan a denunciarla por temor a perder sus puestos de trabajo.

No le gustan los sindicatos

La denunciante recordó que ya en años anteriores, los trabajadores fueron brutalmente perseguidos por la Sra Diana por el solo hecho de querer conformar un sindicato, situación absolutamente garantizada por la Constitución Nacional y las leyes, pero que al parecer la citada empresaria no tiene en cuenta ya que prioriza sus caprichos antes que las normas vigentes.

Adolfo López Saguier, Jefe del Departamento de Conflictos Individuales, remitió una cedula de notificación a la citada empresaria a fin de que la misma comparezca para explicar la situación que atraviesa la funcionaria. Según fuentes del Ministerio del Trabajo existirían otros casos, como el de la empleada María Irene González, de maltrato a mujeres en la empresa de la denunciada, que se darían a conocer en los próximos días.

La Sra González (con 25 años de antigüedad) llegó a un acuerdo con la empresa pese a que también había denunciado una sistemática persecución por parte de la empresaria.

De acuerdo a otros datos acercados, la empresaria habría despedido a un joven con síndrome de Down que desempeñaba algunas labores y que fue desvinculado en forma irregular por parte de la empresa.

“Para esta Sra no existen los derechos de los trabajadores y ni siquiera los derechos humanos” aseguraron otras afectadas que prefieren no ser identificados por temor a represalias.

Moobing Laboral

De acuerdo a la definición, el Moobing Laboral es el maltrato sistemático por parte de la patronal hacia el trabajador y consiste en acciones como avasallar o insultar a la victima ya sea estando sola o en presencia de otras personas, o asignar objetivos y proyectos con plazos inalcanzables o imposibles de cumplir. También son características de este tipo de maltratos, amenazar de manera continua a la víctima, o quitarle áreas de responsabilidad claves, o someterla a tratos humillantes desvalorizando su trabajo en forma constante.

Tipicidad

De acuerdo a la legislación internacional el acoso laboral está tipificado dentro del delito de torturas y contra la integridad moral. Se entiende por tal como “El hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial, que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad”.

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