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Dilema judicial

Fiscal general debe resolver si se desestima causa penal que pesa sobre exvicepresidente

Doctor Emiliano Ramón Rolón Fernández, fiscal general del Estado.

El pasado 5 de febrero el juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos, Abogado Humberto Otazú imprimió trámite de oposición al pedido de desestimación de la investigación penal dispuesto en el requerimiento fiscal N° 36 de la causa caratulada “Hugo Adalberto Velázquez Moreno y otros s/ soborno”, presentado por el Ministerio Público.

El pedido de desestimación fue planteado por el equipo de fiscales de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción conformado por los agentes Francisco Cabrera, Jorge Arce, Alma Zayas y Diego Arzamendia.

Para completar el trámite previsto en el Art 314 del Código Procesal Penal, ante la ratificación de los fiscales en el pedido de desestimación de la investigación penal, el juez Otazú envió el expediente judicial a la Fiscalía General para que ratifique o rectifique la actuación de los agentes fiscales.

El fiscal general del Estado, Abg. Emiliano Ramón Fernández Rolón, podrá designar a un fiscal adjunto para dictaminar sobre el trámite de oposición.

Lo que dispone la norma

Taxativamente, el Artículo 314, dispone: Oposición del juez. Cuando el juez no admita lo solicitado por el fiscal en el requerimiento, le remitirá nuevamente las actuaciones para que modifique su petición en el plazo máximo de diez días.

Si el fiscal ratifica su requerimiento y el juez insiste en su oposición se enviarán las actuaciones al Fiscal General del Estado, o al fiscal superior que él haya designado, para que peticione nuevamente o ratifique lo actuado por el fiscal inferior.

Cuando el Ministerio Público insista en su solicitud, el juez deberá resolver conforme a lo peticionado, sin perjuicio de la impugnación de la decisión por el querellante o la víctima, en su caso.

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