Actualidad y análisis internacional
MERCOSUR

Paraguay y su parte de responsabilidad en la construcción del mercado común

Por el Dr Aitor Martínez Jiménez, experto en Derecho y Ciencias Políticas, con especialización en Relaciones Internacionales, Derecho Internacional y Unión Europea.

Durante algún tiempo atrás se han podido observar multitud de declaraciones por parte de algunos medios paraguayos donde se cuestionaba la eficacia del mercado común que el MERCOSUR trata de crear en la región, llegándose a afirmar que dicha integración únicamente daña a Paraguay por lo que sería incluso deseable la retirada de la organización.

Evidentemente, en un mundo cada vez más interdependiente económicamente, donde las barreras al comercio prácticamente han desaparecido de la mano de la globalización económica a la que asistimos, los mecanismos de integración regional se han demostrado como las formas más eficientes de conseguir el desarrollo económico de los países. La Unión Europea es solo un ejemplo del éxito de esa integración, a la que han seguido otras iniciativas regionales asiáticas (ASEAN), africanas (OUA) e incluso sudamericanas como MERCOSUR.

Por ello, afirmar que la salida de la dinámica de integración económica del MERCOSUR por parte de Paraguay supondría una ventaja, no solo no tiene ningún sentido, sino que lejos de conllevar ningún beneficio para el país, conseguiría aislarlo en una dinámica autárquica que lo condenaría a la exclusión económica de este mundo económicamente interdependiente.

Breve síntesis sobre los procesos de integración económica

Los Estados arrancaron el pasado siglo llevando a cabo dinámicas de cooperación, mediante las que crearon organizaciones internacionales que canalizaban sus demandas en diferentes ámbitos, como ejemplo de algunas de estas organizaciones internacionales de cooperación podemos citar la OTAN en materia defensiva, o la OCDE en materia de cooperación al desarrollo, donde en sus diferentes ámbitos de actuación los Estados observaron cómo se hacían más fuertes cooperando que llevando a cabo actuaciones individuales aisladas.

Sin embargo, a comienzos de los 50, nacía en Europa una organización internacional que respondía a una lógica distinta, la lógica de la integración, mediante la cual los Estados no cooperaban de manera intergubernamental, sino que se integraban creando órganos supranacionales que gestionaran de manera exclusiva las competencias que los Estados perdían al trasladar a esa organización. Esto supuso la atribución de competencias a las originarias Comunidades Europeas para la construcción de un mercado común y un posterior mercado único.

El éxito fue abrumador y a finales de los 90 se había conseguido un progreso económico milagroso mediante la total integración de un mercado basado en la libre circulación de mercancías, capitales, servicios y personas en un régimen de libre competencia, implementación que se encargaba de vigilar un sistema institucional donde jugaba un papel preponderante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (TJCE) como órgano de solución de controversias.

Después de los 90, la integración ha querido ir más allá hacia una dimensión política superadora de lo económico, situación en la que se encuentra la UE en estos momentos.

La importancia del TJCE en la consolidación del Mercado Común en Europa

El MERCOSUR no es más que una dinámica de integración económica con vistas a la creación de un mercado común entre sus Estados miembros siguiendo el mismo camino que Europa acometiese años atrás. Sin embargo, la creación de un mercado común en Europa no estuvo libre de dificultades ya que evidentemente los diferentes Estados miembros así como los diferentes agentes económicos actuaban en busca del beneficio nacional violando las normas reguladoras, no obstante fue mediante la jurisprudencia del TJCE y las innumerables causas que se sometieron como se consiguió crear el preciado mercado común que derivó en el posterior mercado único.

Los intentos de frenar la importación de alcohol francés por parte de Alemania tasando impuestos elevadísimos para esas gradaciones o la omisión de Francia al vigilar las carreteras propiciando el saqueo de las fresas españolas que competían con sus productores nacionales, son solo algunos ejemplos de importantísimas sentencias que llegaron al TJCE y que propiciaron una abundante jurisprudencia que facilitó la consecución del mercado común, creándose por ejemplo la doctrina de la prohibición de las medidas de efecto equivalente a las restricciones, o el respeto al principio de reconocimiento mutuo entre los Estados miembros, o la evolución de la libre circulación de trabajadores llegando a entenderse como tales a jubilados, estudiantes, hasta llegar finalmente a reconocer a todo tipo de personas.

Paraguay y el MERCOSUR

Por todo esto en la actualidad cuando Paraguay afirma fervientemente que en el MERCOSUR existen multitud de violaciones al derecho comunitario al restringir las libertades básicas del mercado, resulta obvio indicarle que es algo lógico que ocurra, ya que los Estados seguirán actuando en busca de sus propios intereses tratando de proteger sus mercados nacionales aunque con eso dañen el mercado común.

Sin embargo el MERCOSUR cuenta con una importante institución de solución de controversias como es el Tribunal Permanente de Revisión (TPR) donde deben de dirimirse estos problemas, por lo que es responsabilidad de los Estados miembros y los agentes económicos someter sus controversias a este Tribunal para conseguir limar las irregularidades en la construcción de la integración.

El ejemplo uruguayo

Recientemente, mediante el laudo 1/05 el TPR del MERCOSUR obligó a Argentina a acometer una reforma legislativa ya que prohibía la importación de neumáticos remodelados por entender que agredían al medio ambiente argentino, algo que sin embargo no imperaba para la producción nacional.

Evidentemente el TPR vio en esta Ley 25.626 de Argentina una clara maniobra legal para frenar la importación de este tipo de neumáticos de Uruguay, principal exportador, entendiendo el TPR que se trataba de una discriminación por razón de nacionalidad y una restricción a la libre circulación de mercancías, por lo que obligó a Argentina a modificar la Ley 25.626.

Esto es solo un ejemplo de cómo el camino de Paraguay no pasa por la exclusión y la autarquía, sino por jugar su papel dentro de MERCOSUR denunciando cualquier violación de la normativa comunitaria ante los órganos de solución de controversias establecidos, algo que el resto de los Estados miembros llevan a cabo como acabamos de ver.

Por ello sería de recibo exigir una actuación responsable a los mandatarios públicos y agentes económicos paraguayos, sometiendo las causas que perjudiquen a Paraguay al TPR, para de esta forma darle la oportunidad al Tribunal de crear a golpe de jurisprudencia un mercado común superador de los proteccionismos nacionales y las restricciones al comercio que perjudican al país. De esta forma Paraguay conseguirá el desarrollo económico que estoy seguro MERCOSUR brindará a sus integrantes, un camino más halagüeño que el de la autoexclusión y autarquía que desgraciadamente muchos medios tratan de presentar como una opción.

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