Nacionales
El Caso Curuguaty ante la CIDH

"El Estado utilizó sus instituciones para perseguir inocentes y denegar una investigación efectiva de los hechos"

Aitor Martínez, abogado de las víctimas de la masacre y el proceso ante la CIDH.

NOVA conversó en exclusiva con el abogado que representa a las víctimas de la masacre ante la Comisión Interamericana, el Dr Aitor Martínez Jiménez quien compartió un detallado informe sobre el caso, la instancia en que actualmente se encuentra y su posible resolución. Dijo además que para la propia justicia paraguaya, la discusión entorno a la tierra está terminada. “Para mí no hay debate en relación a Marina Kue, la tierra jamás fue de Campos Morombí” sentenció el prestigioso jurista.

-¿Desde cuándo trabajas con las víctimas de la masacre y qué reclaman ante la CIDH?

Prácticamente el 15 de junio de 2012 ya empecé a mantener contacto con el periodista argentino, José María Quevedo. Nos conocíamos desde hacía tiempo y estuvo reportándome sus hallazgos, las entrevistas que mantenía en la zona, nuevos vídeos que aparecían. De hecho, esa recolección que hizo en aquellos primeros días forma parte del actual acervo probatorio de la causa. Sus pesquisas llegaban a un punto diametralmente opuesto al de la versión oficial que habían cerrado por aquel entonces todos los medios del país: que campesinos radicalizados por la política de la tierra del presidente Lugo habían emboscado a policías que habían accedido desarmados a practicar un legítimo desalojo a favor de Campos Morombí.

Hicimos un primer informe bastante detallado que acreditaba gran parte de lo que hoy conocemos, pedimos algunos apoyos a organizaciones de la sociedad civil pero no encontramos mucha ayuda. En ese momento apareció el Dr. Laino y decidió darnos apoyo en el país para continuar con la investigación y eventualmente asumir la defensa del caso. Fue así como se creó la PEICC.

En ese contexto me desplacé a Asunción en septiembre de 2012 para continuar con el trabajo y, finalmente, en octubre de 2012 presentamos la primera versión del informe. En ese tiempo visité por primera vez a las víctimas del caso en la prisión de Coronel Oviedo. De hecho, hay una, digámoslo así, foto de familia, triste foto de familia por el contexto, que nos hicimos aquel día. Es una foto que todavía a día de hoy circula por los medios de todo el mundo. Un conjunto de personas detenidas aleatoriamente, sin significar evidencias de cargo concretas contra ellas, y sometidas a una investigación inquisitoria por un fiscal que tenía claros intereses personales y familiares en el caso. La situación que encontramos en Coronel Oviedo era terrible, principalmente por el abandono que experimentaban esas personas, absolutamente estigmatizados por la versión oficialista que había cerrado la prensa. Pero aquello lo pudimos revertir y, entonces sí, empezamos a encontrar apoyos.

Recuerdo que aquel día que les visitamos en Coronel Oviedo, hace ya casi 10 años, hablamos que por la envergadura del caso, la clara denegación de acceso a la justicia que el Estado estaba practicando en relación a ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, torturas, intentos de comisión de desapariciones forzadas, o denegaciones de auxilio, así como por el ingente volumen de violaciones al debido proceso contra inocentes que se estaban cometiendo, acabaría en instancias internacionales.

Y diez años después el caso ha registrado pronunciamientos del Comité de Derechos Humanos de la ONU, de las relatorías y grupos de trabajo del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y de la práctica totalidad de organismos de derechos humanos del mundo. Pero evidentemente, por su importancia, relevancia en la región, y sobre todo por contar ese sistema con un órgano de carácter judicial, resalta la importante del Caso 14.786 “Rubén Villalba y otros vs Paraguay” abierto actualmente ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

El Caso 14.786 está estructurado en torno a dos bloques de violaciones:

Por un lado, las reiteradas violaciones a las garantías judiciales (art. 8 de la Convención Americana), en relación a la obligación de respetar los derechos (art. 1.1 de la Convención Americana), cometidas a lo largo de toda la investigación fiscal y ante la doble instancia judicial penal interna de carácter ordinario, denegando el derecho a la defensa, violando diversas garantías procesales, y persiguiendo penalmente a inocentes que sufrieron prisiones provisionales y condenas efectivas en un proceso criminal marcadamente inquisitorial y apartado de las más elementales normas del debido proceso.

Y por otro lado, una persistente violación al derecho de acceso a la justicia (art. 25 de la Convención Americana), por falta de investigación de violaciones al derecho a la vida (art. 4 de la Convención Americana), al derecho a la integridad personal (art. 5 de la Convención Americana), al derecho a la libertad personal (art. 7 de la Convención Americana) y arts. 1, 6 y 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, en relación a la obligación de respetar los derechos (art. 1.1 de la Convención Americana). Y todo ello por las reiteradas y recurrentes denuncias relativas a ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, torturas, desapariciones forzadas, omisiones de auxilio y demás denuncias realizadas por actores nacionales y organismos internacionales, documentadas en forma contundente y con un enorme acervo probatorio, que no han querido investigarse tras una década de requerimientos a nivel mundial. Una impunidad que se ha podido materializar debido al monopolio de la acción penal que ostenta el Ministerio Público en la jurisdicción paraguaya.

El caso ha conllevado una larga y profunda interacción con el Estado paraguayo, con múltiples intercambios, y discurre ya por su etapa de análisis de fondo. El pasado 2 de junio de 2022 la parte peticionaria (la PEICC, que representa a las víctimas) presentó sus alegaciones a la etapa de fondo. Ahora estamos a la espera de la respuesta del Estado paraguayo.

-¿En qué instancia se encuentra hoy el caso?

Actualmente se encuentra ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Sistema Interamericano cuenta con una doble instancia, por lo que antes de llegar a la Corte Interamericana el caso debe ser sometido y analizado en su fondo por la Comisión.

Por lo tanto, al encontrarnos actualmente en la fase de fondo (donde se analizan materialmente las alegadas violaciones a derechos humanos) se consiguió superar la denominada como fase de admisibilidad, donde la Comisión Interamericana concluyó, contra el criterio del Estado paraguayo y a favor de nuestros postulados, que se cumplían los requisitos de admisión, y en concreto, el referente al agotamiento de los recursos internos.

En esa etapa el Estado paraguayo trató por todos los medios parar el caso sin entrar en el fondo, insistiendo en la falta de agotamiento de los recursos internos, e incluso tuvimos que alertar a la Comisión que se estaban violando llamativamente plazos de resolución de las instancias internas en lo que entendíamos eran una coordinación con las alegaciones del país ante la Comisión. Es decir, tuvimos que informar que considerábamos que Paraguay estaba contemporizando la resolución, por ejemplo, de la sentencia relativa al recurso de apelación, para justificar sus alegaciones ante la Comisión.

Junto a lo anterior, evidentemente, los recursos internos estaban agotados desde el momento en que acreditamos, por poner otro ejemplo, reiteradas y sistemáticas denuncias por ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, torturas, intentos de comisión de desapariciones forzadas o denegaciones de auxilio, que una década después, y contando con evidencias de cargo muy contundentes, no habían justificado ninguna investigación efectiva. El Estado paraguayo llegó a alegar desconocer la existencia de esas denuncias, aunque, desde la PEICC las habíamos presentado ante el propio fiscal Rachid y contábamos con sello, firma y registro de entrada. Evidentemente los argumentos del país no se sostuvieron en la anterior fase de admisibilidad.

- ¿De qué plazos hablamos a partir de ahora y cuáles serían las instancias siguientes?

Los peticionarios presentaron su informe de observaciones a la etapa de fondo y ahora se debe dar traslado al Estado paraguayo para que presente sus alegaciones. A partir de ese momento la Comisión podría solicitar más información, convocar audiencias o incluso, ya que la oferta está abierta, proceder a un procedimiento de solución amistosa.

Por lo tanto, no se puede saber con exactitud qué plazos tenemos por delante.

- Respecto a la tierra, ¿cuál es la situación?

Evidentemente el caso Curuguaty comienza con una acción institucional absolutamente perversa. Un terrateniente local, ex presidente del Partido Colorado, solicita un desalojo de una finca que no le pertenece, sin aportar ninguna nota de los Registros Públicos. Una fiscal, Ninfa Aguilar, tramita esa denuncia sin cotejar tampoco registros. El juez local, José Dolores Benitez, acuerda una orden de allanamiento, nuevamente, sin cotejar ninguna nota de los Registros Públicos. Y todo ello contando con la oposición clara, rotunda y pública del INDERT, que sistemáticamente invocaba ser el titular y solicitaba que se pararan los desalojos de la Comisión Naranjaty. Por lo tanto, es evidente que lo que se ejecutó el 15 de junio de 2012, y es necesario recordar que se ejecutó una orden de desalojo, en un acción que violaba incluso la resolución judicial de allanamiento, respondía a una presunta trama de influencias de terratenientes privados en la esfera de acción pública, patrimonializando a fiscales, jueces y fuerzas de seguridad a su antojo.

Pero es que ese desalojo no se podía haber ejecutado sin el pronunciamiento del mismísimo Congreso de la Nación, donde, a través de las influencias de dicho terrateniente, se logró un posicionamiento político inconcebible por el que se instó al Ministerio del Interior a dotar de una fuerza inusitada de 324 efectivos policiales, altamente pertrechados, para llevar a cabo ese desalojo irregular. Una nueva trama de presuntas influencias en otro poder del Estado para que empresarios privados ejecutaran acciones arbitrarias en una finca que, tampoco en este caso, el Congreso de la Nación consultó sobre su titularidad en los Registros Públicos.

Lo llamativo es que años después, años de claro atropello judicial a esas personas, la Corte Suprema de Justicia fue clara y contundente, los Registros Públicos acreditan que Campos Morombí no tenía inscrita a su favor esa finca, y nadie, nunca, en toda esa trama de favores que derivó en la tragedia del 15 de junio de 2012 se dignó a comprobar este hecho. Los Registros Públicos hablan por sí mismos y la existencia de una donación de LIPSA a la Armada Paraguaya y con posterioridad al INDERT también.

Para mí no hay debate en relación a Marina Kue, la tierra jamás fue de Campos Morombí. Evidentemente, es justicia que esa tierra, teñida de tanta sangre, pase a ser trabajada y disfrutada por los vecinos de Curuguaty.

- De uno a diez ¿qué posibilidades de que se repare el daño causado a los hoy demandantes existe y por qué?

En ocasiones reparar un daño es una labor imposible. En casos que revisten violaciones tan graves a los derechos humanos como en este caso, donde hablamos de personas ejecutadas, gravísimas torturas, personas muertas escondidas que sus familiares tuvieron que encontrar al día siguiente, campesinos heridos a los que se denegaba asistencia médica, personas arbitrariamente detenidas en lugares remotos sin tener relación alguna con los hechos, y, evidentemente, años de privación de libertad para muchas personas que fueron sometidas a una verdadera persecución judicial que ha durado años. ¿Cómo se puede reparar eso? Es imposible que se pueda articular una política reparatoria que llegue a compensar ese daño.

Ahora bien, esperamos que de la mano de la Comisión Interamericana, o en su defecto elevando el caso a la Corte Interamericana, se pueda desplegar un abanico de medidas de reparación, de diverso tipo, que se verán en el momento oportuno del proceso, que aunque sea de forma remota, repare a las víctimas en su honor y dignidad y acredite que el Estado utilizó sus instituciones para perseguir inocentes y denegar una investigación efectiva de los hechos, siendo por lo tanto el Estado paraguayo y sus agentes estatales los únicos responsable de que las calles del país se llenaran por una década de pintadas con el lema “¿Qué pasó en Curuguaty?”.

Lectores: 595

Envianos tu comentario